CONSULTORÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA DE ASUNTOS RELIGIOSOS

miércoles, 1 de enero de 2014

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CONSULTORÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA DE ASUNTOS RELIGIOSOS

La Consultoría Jurídica fue fundada según la Ley 633 con fecha 22/06/1965 (Ley sobre el establecimiento y funciones de la Presidencia de Asuntos Religiosos) como una de sus unidades centrales, apareciendo sus funciones especificadas en el primer párrafo (h) del 7º artículo de la Ley 6002 con fecha 01/07/2010 que hace referencia a las unidades de servicios de la Presidencia, entre las que incluye la Consultoría Jurídica, y que modificaba la anterior ley 633:
  1. Expresar su postura sobre asuntos legales a petición de las distintas instituciones centrales de la Presidencia y sobre aquellos procedimientos que puedan tener consecuencias legales, económicas y penales.
  2. Orientar para que se tomen con previsión las adecuadas medidas legales para proteger los intereses de la Presidencia, prevenir posibles desacuerdos y ayudar a que contratos y acuerdos se formalicen en base a esos principios.
  3. Reunir la información necesaria en casos legales y administrativos de acuerdo con las provisiones de la Ley 4353 con fecha 08/01/1943 y representar a la Presidencia en aquellas demandas en las que es parte y no conciernen a Hacienda.
  4. Preparar las propuestas legales necesarias para que la Presidencia mantenga sus objetivos y opere en conformidad con las regulaciones, los planes y programas e informar al Presidente.
  5. Analizar en términos legales y expresar su postura sobre borradores de leyes, planes de acción, regulaciones y otras propuestas legislativas enviadas a la oficina del Primer Ministro, a los Ministerios y a las unidades de la Presidencia.
Según el decreto legislativo de la Ley 659 con fecha 26/09/2011 (Ley sobre la dirección de servicios legales de las administraciones públicas y las administraciones de presupuestos especiales en el marco del presupuesto general) las responsabilidades y las competencias de la Consultoría Jurídica son las siguientes:
  1. Servicios de adjudicación
  1. Representa a la administración en aquellos casos legales y demandas administrativas en las que ésta es una de las partes, en audiencias de arbitraje interno y externo, en procedimientos sobre medidas legales para el cobro de deudas y otros tipos de desacuerdos legales presentados al tribunal y sigue los procedimientos como apoderado.
  2. Coordina, realiza el seguimiento e inspecciona litigios, acciones legales para el cobro de deudas y procedimientos arbitrales en los que la administración se representa a sí misma con la adquisición de servicios jurídicos.
2- Servicios de asesoramiento
  1. Examina y aporta su opinión jurídica sobre proyectos de regulaciones elaboradas para otras instituciones en relación a servicios administrativos, proyectos para unidades administrativas y todo otro tipo de proyectos como contratos y especificaciones, se ocupa de desacuerdos legales surgidos entre la administración y terceras partes y, también, de otros asuntos a petición de las distintas unidades administrativas.
  2. Realiza provisiones legales a tiempo para prevenir desacuerdos y ofrece su opinión para la solución pacífica de las desavenencias.
  3. Prepara propuestas legales necesarias para asegurar que la administración acomete sus objetivos y trabaja en conformidad con las regulaciones, los planes y programas.
  4. Presta servicios de secretaría para la comisión consultora de evaluación de desacuerdos legales y realiza otras funciones asignadas por la administración.
Además, la Consultoría Jurídica tiene asignadas otras funciones importantes relativas a la solución de desacuerdos legales y administrativos por vía pacífica o, en caso contrario, a su renuncia.
La Consultoría Jurídica está directamente vinculada al Presidente y desempeña sus funciones a través de la presidencia del Primer Asesor Legal y con asesores legales, abogados y otro personal de la oficina.